La AFIP establece que los contribuyentes que realicen operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales y que estén obligados a exhibir el Formulario 960 "Exija su factura", incluidos los monotributistas, deberán sustituirlo por el Formulario 960/MN - "Data Fiscal", el cual tendrá impreso un código de respuesta rápida "QR" que permitirá al público en general, a través de un dispositivo móvil (tel., notebook, netbook, tableta, etc.), acceder a determinados datos fiscales del contribuyente y, en caso de detectar alguna irregularidad, reportarla mediante el micrositio www.afip.gob.ar/f960/NM.
El nuevo formulario se obtiene ingresando al sitio web de la AFIP, mediante la utilización de la clave fiscal, y deberá realizarse por cada domicilio comercial que el contribuyente tenga declarado en el Sistema Registral como local o establecimiento.
En caso de utilizar máquinas registradoras, se deberá exhibir un formulario por cada máquina o controlador fiscal instalado.
Asimismo, los sitios web de los contribuyentes o responsables deberán colocar en un lugar visible de su página principal el logo "Formulario 960/NM - "Data Fiscal” con el hipervínculo correspondiente que la AFIP proporcionará.
La obligación de exhibirlo deberá cumplirse conforme al siguiente detalle, de acuerdo con la terminación de la CUIT del responsable:
CUIT Día
0 2/10/2012, inclusive
1 4/10/2012, inclusive
2 10/10/2012, inclusive
3 12/10/2012, inclusive
4 16/10/2012, inclusive
5 18/10/2012, inclusive
6 22/10/2012, inclusive
7 24/10/2012, inclusive
8 26/10/2012, inclusive
9 31/10/2012, inclusive
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