domingo, 3 de junio de 2012

AFIP. Dolar. Moneda extranjera. Viajes al exterior

Régimen de información de viajes al exterior. Nuevas obligaciones para sujetos que adquieran paquetes de viajes al exterior a través de operadores turísticos. A partir del 29/5/2012 la AFIP dispone de una nueva herramienta informática a través de su página web para el control de las adquisiciones de moneda extranjera con destino a viajes al exterior. Los sujetos residentes en el país que deseen adquirir moneda extranjera para atender gastos en concepto de viajes al exterior por salud, estudios, turismo, gestiones comerciales, deportes, actividades culturales, científicas y por conferencias y/o congresos deberán ingresar al servicio web "consulta de operaciones cambiarias" opción "viajes al exterior" e ingresar entre otros los siguientes datos:
- datos personales y laborales
- identificación del operador turístico
- motivo y costo del viaje
- tipo de moneda y formas de pago
- destino y escalas del viaje
- medio de transporte a utilizar
- fechas de salida y de regreso
- cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas.
La AFIP puso a disposición una guía paso a paso para la "Consulta de Operaciones Cambiarias (COC). Viajes al exterior".