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viernes, 23 de agosto de 2013
Tasa Anual IGJ. Año 2013. Boleta. Cálculo. Emisión por internet
La Inspección General de Justicia a través de la resolución 2/2013 (BO: 23/8/2013) establece que el cálculo y la emisión de la boleta correspondiente a la tasa anual que deben abonar las sociedades por acciones se realizarán exclusivamente mediante el sitio web oficial de la Inspección General de Justicia. Acceder a la emisión desde aquí
viernes, 16 de agosto de 2013
Tasa IGJ. Año 2013. Vencimiento
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de la resolución 1385/2013 (Boletín Oficial del 16/8/2013) establece el vencimiento de la Tasa Anual de la IGJ correspondiente al año 2013, fijándolo el día 20 de setiembre de 2013.
jueves, 20 de septiembre de 2012
IGJ. Vencimiento de la Tasa Anual 2012
A través de la resolución 1789/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se establece el día 12 de octubre de 2012 como fecha de vencimiento de la tasa anual de la Inspección General de Justicia.
martes, 23 de agosto de 2011
IGJ. Tasa anual . Vencimiento para el pago en el corriente año
La Inspección General de Justicia fija el día 30 de setiembre de 2011 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual, aplicable a las sociedades por acciones, establecida en la decisión administrativa (IGJ) 46/2001.
lunes, 4 de abril de 2011
IGJ. Sociedades comerciales, sociedades extranjeras y asociaciones civiles y fundaciones. Declaración jurada de actualización de datos. Resolución general (IGJ) 1/2010. Prórroga
Se prorroga nuevamente, hasta el 29/7/2011, el plazo para que las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, asociaciones civiles y fundaciones presenten la declaración jurada de actualización de datos -prevista en la RG (IGJ) 1/2010-.
En el caso de las sociedades comerciales, la prórroga comprende el cumplimiento de la primera etapa -prevista en el art. 2, inc. a), de la RG (IGJ) 3/2010- vinculada a la confección y envío de la declaración jurada a través del aplicativo Web; mientras que para las sociedades extranjeras, asociaciones civiles y fundaciones corresponde a la presentación de la misma en soporte papel.
En el caso de las sociedades comerciales, la prórroga comprende el cumplimiento de la primera etapa -prevista en el art. 2, inc. a), de la RG (IGJ) 3/2010- vinculada a la confección y envío de la declaración jurada a través del aplicativo Web; mientras que para las sociedades extranjeras, asociaciones civiles y fundaciones corresponde a la presentación de la misma en soporte papel.
miércoles, 1 de diciembre de 2010
Sociedades comerciales, sociedades extranjeras, asociaciones y fundaciones. Declaración jurada de actualización de datos. Prórroga
La Inspección General de Justicia mediante el dictado de la resolución general 5/2010 (BO: 1/12/2010) prorroga hasta el 29/4/2011 el plazo previsto para que las sociedades comerciales completen la primera etapa del trámite vinculado con la confección de la declaración jurada y la remitan mediante el aplicativo vía web.
Del mismo modo, prorroga hasta idéntica fecha a la citada el plazo para que las sociedades extranjeras, asociaciones civiles y fundaciones presenten la declaración jurada de actualización de datos.
Del mismo modo, prorroga hasta idéntica fecha a la citada el plazo para que las sociedades extranjeras, asociaciones civiles y fundaciones presenten la declaración jurada de actualización de datos.
miércoles, 20 de octubre de 2010
Sociedades extrajeras. Asociaciones civiles y fundaciones. Prórroga de la DDJJ Actualización de datos
La IGJ estableció, mediante la resolución 4/2010, una prórroga para la presentación de la declaración jurada correspondiente a la actualización de datos de las sociedades extranjeras, asociaciones civiles y fundaciones, hasta el 17/12/2010.
jueves, 23 de septiembre de 2010
Sociedades comerciales. Reempadronamiento. Plazos y condiciones
La IGJ establece, a través de la resolución general 3/2010, el cronograma para el cumplimiento de la declaración jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, a saber:
* Entre el 4/10/2010 y el 17/12/2010, deberán confeccionar y enviar vía web el aplicativo "Declaración Jurada Resolución 1/2010"
* Desde el 7/2/2011 deberán solicitar on line un turno para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada ante la IGJ.
* En la fecha que corresponda de acuerdo al turno otorgado se perfeccionará la obligación con la concurrencia ante el Organismo con la documentación mencionada.
Por otra parte recordamos que los plazos fijados para el resto de los sujetos obligados a cumplir con este régimen son:
* Asociaciones civiles y fundaciones: hasta el 30 de noviembre próximo
* Sociedades binacionales y entidades extranjeras: desde el 6 de septiembre hasta el 5 de noviembre próximo
* Entre el 4/10/2010 y el 17/12/2010, deberán confeccionar y enviar vía web el aplicativo "Declaración Jurada Resolución 1/2010"
* Desde el 7/2/2011 deberán solicitar on line un turno para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada ante la IGJ.
* En la fecha que corresponda de acuerdo al turno otorgado se perfeccionará la obligación con la concurrencia ante el Organismo con la documentación mencionada.
Por otra parte recordamos que los plazos fijados para el resto de los sujetos obligados a cumplir con este régimen son:
* Asociaciones civiles y fundaciones: hasta el 30 de noviembre próximo
* Sociedades binacionales y entidades extranjeras: desde el 6 de septiembre hasta el 5 de noviembre próximo
martes, 24 de agosto de 2010
IGJ. Sociedades. Vencimiento de la tasa anual
A través de la resolución 2104/2010 (BO:24/8/2010) la Inspección General de Justicia establece el día 30 de septiembre de 2010 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual correspondiente a sociedades.
lunes, 19 de julio de 2010
Sociedades. IGJ. Actualización de datos
La Inspección General de Justicia obliga a las sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales, asociaciones civiles y fundaciones, a presentar una declaración jurada para realizar la actualización de sus datos. Entre otros datos se deberá informar:
* Autoridades actuales
* Sede social efectiva
* si corresponde último estado contable presentado en IGJ
* Domicilio
* Número de CUIT
El régimen establece un cronograma de vencimientos, a saber:
- Asociaciones civiles y fundaciones: desde el 2/8/2010 hasta el 1/10/2010
- Sociedades binacionales y entidades extranjeras: desde el 6/9/2010 hasta el 5/11/2010
- Sociedades comerciales: desde 4/10/2010 hasta el 3/12/2010
* Autoridades actuales
* Sede social efectiva
* si corresponde último estado contable presentado en IGJ
* Domicilio
* Número de CUIT
El régimen establece un cronograma de vencimientos, a saber:
- Asociaciones civiles y fundaciones: desde el 2/8/2010 hasta el 1/10/2010
- Sociedades binacionales y entidades extranjeras: desde el 6/9/2010 hasta el 5/11/2010
- Sociedades comerciales: desde 4/10/2010 hasta el 3/12/2010
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