miércoles, 13 de abril de 2011

Lavado de dinero. Unidad de Información Financiera (UIF). Importadores y exportadores. Suspensión por 180 días

Finalmente -y tal como adelantara la web de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)-, la UIF a través de la resolución 55/2011 suspende por 180 días hábiles la aplicación de la R. (UIF) 39/2011 para exportadores e importadores y agentes de transporte aduanero, que fija obligaciones preventivas, informativas y de control para el comercio exterior respecto de la comisión de delitos de lavado de activos y financiamiento de terrorismo.
Recordamos que la citada resolución aprueba las directivas sobre la reglamentación del régimen de información de operaciones sospechosas de lavado de activos y de financiación del terrorismo que deberán observar los despachantes de aduana, agentes de transporte aduanero, importadores y exportadores, quienes asimismo serán responsables por la actuación de sus apoderados y dependientes.

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