lunes, 11 de abril de 2011
Lavado de dinero. Sujetos que resulten obligados a informar. Registración en la UIF
La Unidad de Información Financiera aprueba el "Sistema de reporte de operaciones - Manual del usuario - I. Registración", mediante el cual todos los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero y financiación del terrorismo -enumerados en el art. 20, de la ley 25246- deberán registrarse ante la UIF, a fin de posibilitar su identificación y, luego, remitir los reportes de operaciones sospechosas a través de internet. Los sujetos obligados, así como los oficiales de cumplimiento, en su caso, deberán registrarse en la página www.uif.gov.ar/sro entre el 1º y el 30 de abril de 2011. En el caso que un sujeto obligado inicie su actividad, deberá efectuar la registración dentro del día 1º al 30 del mes correspondiente a su inicio.
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