jueves, 10 de junio de 2010

Monotributo. Falta de exhibición de categorización y pago. Sanción de clausura

¿Qué sucede si no se exhibe la documentación correspondiente en mi local?
Los contribuyentes que no exhiban la documentación correspondiente serán sancionados con clausura de 1 (uno) a 5 (cinco) días.
La documentación necesaria es:
a) Placa indicativa de su condición de pequeño contribuyente y de la categoría en la cual se encuentra adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes;
b) Comprobante de pago correspondiente al último mes vencido del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Fuente: Art. 25 de la ley del monotributo (texto s/L. 26565)

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