miércoles, 12 de mayo de 2010

Monotributo. ¿Cuándo se paga el nuevo monto si hay cambio de categoría, en la recategorización que se efectua en mayo 2010?

Ante las consultas recibidas, es bueno recordar lo prescripto en el artículo 18 de la resolución general (AFIP) 2746, el cual señala:

Art. 18 - Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el primer día del mes siguiente al de la recategorización, hasta el último día del mes en que deba efectuarse la siguiente recategorización.

Por lo tanto, aquellos contribuyentes del régimen simplificado que se recategoricen hasta el 20 de mayo 2010, correspondiente al 1er. cuatrimestre del año, comenzarán a abonar el importe de la nueva categoría a partir del vencimiento que opere en el mes de junio de 2010 que, atento a la reciente modificación de vencimientos, se producirá el día 22 (hábil siguiente al día 20).

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