jueves, 6 de mayo de 2010

Escuelas privadas. Régimen de información de cuotas

La AFIP, mediante la resolución general 2832, establece un régimen de información el cual deberá ser cumplimentado por los establecimientos de educación pública de gestión privada incorporados al sistema nacional de educación, en sus niveles inicial, primario y secundario.
Los establecimientos deberán informar en forma semestral (febrero y julio de cada año) los datos relacionados con las cuotas educativas devengadas por todo concepto, las que deben incluir seguros, cuotas recuperos, enseñanza extraprogramática, comedor, transporte, deportes y otros conceptos, cuando las mismas sean superiores o iguales a $ 2.000 mensuales, por alumno.
La información se suministrará mediante transferencia electrónica de datos, utilizando el aplicativo "AFIP DGI - Régimen informativo de cuotas escuelas privadas - Versión 1.0".
Las disposiciones establecidas son de aplicación a partir del primer semestre de 2010, siendo su vencimiento hasta el último día del mes de julio del corriente año.

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